Escolios sobre la Unidad de España en el pensamiento de Ortega.
"Españolito que vienes al mundo
te guarde Dios.
Una de las dos Españas
ha de helarte el corazón".
Antonio Machado. Proverbios y cantares.
Art 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Art 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Este artículo representa una gran innovación con respecto al artículo 11 de la Constitución de la II República, pues el régimen de autonomías se establece como un principio general del derecho impuesto por vía constitucional y no como una potestad que se hallaba a disposición de aquellas provincias limítrofes que acordaran organizarse en región autónoma.
La pretensión de compatibilizar las autonomías con el Estado integral (art 1 del texto de 1931) sólo serviría para consagrar el hecho diferencial y potenciar los nacionalismos ( tanto el periférico como el español de carácter excluyente y reactivo.) haciéndose inevitable la confrontación entre ambas facciones.( Peces Barba: 1996,221).
Ortega lo advirtió en sede Parlamentaria durante su intervención el 4 de septiembre de 1931.
" La imagen de nuestro pueblo que el proyecto nos ofrece, es una división en dos Españas diferentes: una, compuesta de dos o tres regiones ariscas; otra integrada por el resto más dócil al poder central. Para el proyecto es la autonomía algo especial, puesto que no la estatuye para todos los cuadrantes españoles. Esto, que pretende ser cautela, previsión y desamor a la aventura, me parece más bien, y a la par, ingenuo y funesto.
Pues hay gran verosimilitud de que, tan pronto como exista un par de regiones estatutarias, asistiremos en toda España a una pululación de demandas parejas, las cuales seguiràn el tono de las ya concedidas, que es más o menos, querámoslo o no, nacionalista, enfermo de particularismo.
Resultará, pues,a la postre, España ordenada íntegramente, pero de mala manera, en regiones. Mientras tanto,nos encontraremos con una España centrífuga; peor aún, con dos o tres regiones o semi- Estados frente a España, nuestra España" ( IV, 815).
Ortega vislumbra como solución alternativa la organización general del Estado en autonomías territoriales.( La redención de las provincias). Hace énfasis en separar el término autonomía regional de cualquier significado potencialmente nacionalista o particularista y desarrolla su concepto de de " gran comarca" como unidad política local.
Ambas unidades territoriales ( la gran comarca y la región ) son los dos hitos que delimitan el comienzo y el final del proceso de maduración del proyecto de organización política pensado por Ortega para España.(1927-1931).
" Se llega a la idea de autonomía no por razones históricas,de pretérito sentimental, sino, al revés,por conveniencias de futuro."( VI, 814).
Para Ortega las regiones representaban el futuro de una España plural y descentralizada territorialmente.
Coincide con Maura en la idea de que los municipios y las provincias debían de romper su aislamiento institucional y liberarse del caciquismo de los ministros de gobernación y por ende de su absoluta dependencia de Madrid.
Toda cuestión sobre el soberanismo debía quedar fuera del debate en torno al Estatuto de Cataluña, puesto que todo lo que pudiera representar una amenaza contra la soberanía unida, que él entendía, cómo " el poder que crea y anula todos los demás poderes", " la facultad de las últimas decisiones", " la voluntad última de una colectividad", de constituir una comunidad de destino histórico en la que todos los que la forman decidan juntos, supondría,en definitiva, infectar este concepto y conducir inexorablemente a los españoles " derechos y rápidos a una catástrofe nacional".
"El autonomismo es un principio político que supone ya un Estado sobre cuya soberanía indivisa no se discute.
La autonomía es una cesión de poderes por parte del Estado a una de sus instituciones. Sería un contrasentido que una de las regiones, que es una de las elementos,pretendiera pactar con él en términos de igualdad sin atender siquiera al principio de jerarquía institucional".
" La República federal es una fórmula válida para unir lo que no está unido, pero no para articular lo que, como en el caso de España, tenía ya siglos de duración".
En estos tiempos de desarraigo y confusión resulta gratificante y sumamente didáctico poner de nuevo sobre el tablero esa idea Orteguiana de entender la política como una actividad que propicia la " unidad de los contrarios" y superar así el funesto tópico de las dos Españas, tan difundida entre políticos e intelectuales desde que Larra escribiera el célebre epitafio que rezaba:" Aquí yace media España, murió de la otra media". En definitiva, hacer una política nacional , una democracia " no morbosa" , sin privilegios por parte de ningún ciudadano frente a los demás.
Bibliografía.
Ortega y Gasset: obras completas.
Llano Alonso: la influencia de Ortega en el diseño de la España autonómica. Revista de Occidente N° 384.
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